Asesoría Contable y Fiscal para Empresas Españolas
*Servicios de intermediaciónSociedades en España y su Contabilidad
Para una eficaz gestión empresarial se fundamenta en la adecuada gestión de su contabilidad. Mediante el análisis de los datos contables se conoce la realidad económica de la empresa. La elaboración de la contabilidad se basa en la documentación proporcionada por el cliente que nuestros técnicos procesan y analizan para intentar ayudarle a optimizar su gestión.
Nuestro sistema de trabajo, es ágil y moderno, para dotar de mayor eficacia y claridad a la información contable de su empresa y para que usted tenga un acceso permanente al estado de su empresa.
M&G Consulting pone a su disposición su Departamento de Asesoría Contable en Madrid y le ofrece, entre otros, los siguientes servicios tanto a nivel nacional como internacional:
- Asesoría y Gestión Contable de Empresas
- Contabilidad en tiempo real
- Actualización de Contabilidades
- Elaboración y legalización de los Libros Oficiales de Contabilidad
Asesoría fiscal y Contable España sobre las obligaciones de las Empresas
Dentro de los tres meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio social los administradores de la sociedad deberán formular las cuentas anuales, que comprenderán el balance, la cuenta de perdidas y ganancias y la memoria. Las cuentas anuales y el informe de gestión deberán ser revisadas por auditores de cuentas, con excepción de las sociedades que puedan presentar balance abreviado.
Es obligatorio para toda sociedad llevar determinados libros como pueden ser: Libro Inventario y Cuentas Anuales, Libro Diario, Libro de Actas, entre otros, que deben legalizarse (recibir un sellado) en el Registro Mercantil de la Provincia, antes del inicio de las actividades.
Posteriormente, deberán legalizarse los mismos dentro del mes siguiente a la fecha de aprobación de de las cuentas anuales por parte de la Junta General de accionistas (SA) o partícipes (SL).
M&G Consulting - Contabilidad en Madrid
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Asesoría Contable sobre Obligaciones fiscales:
Antes del inicio de la actividad la sociedad debe presentar lo siguiente:
- Declaración censal (modelo 036)
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (modelo 036 si está exenta de pago/ modelos 840 ó 848 si tributa)
Una vez INICIADA la actividad, la sociedad va a tener que presentar sus declaraciones cada Trimestre y declaraciones Anuales:
TRIMESTRALMENTE:
- Liquidación del IVA: Modelo 303
- Abono de los Pagos a Cuenta:
- Si la empresa tributa en IRPF: Modelo 130
- Si la empresa tributa en Impuesto de Sociedades: Modelo 202
- Liquidación de las retenciones practicadas, si realiza pagos a profesionales o tiene empleados: Modelo 110 y Modelo 115 sobre alquileres
ANUALMENTE:
- IVA: Resumen/Liquidación Anual del IVA: Modelo 390
- Retenciones: Resumen Anual de Retenciones practicadas: Modelo 190
- Declaración del Impuesto de la Renta:
- Si la empresa tributa en IRPF: Modelo 100
- Si la empresa tributa en Impuesto de Sociedades: Modelo 200/201
- Declaración INFORMATIVA anual de operaciones con terceros, de obligatoria presentación cuando en el año anterior se hayan realizado operaciones con otra empresa que en su conjunto hayan superado los 3.006 euros y que no se recojan en otra declaración resumen: Modelo 347